top of page

La rama judicial negó las tutelas que pretendían detener la expropiación de los predios donde se con


informativocaqueta

El Secretario de Planeación, Fredy Vallardo Barrera, explicó que avanza a satisfacción el proceso de expropiación por vía administrativa, que adelanta la administración municipal en los sectores donde se construirá el nuevo puente vehicular sobre la quebrada La Perdiz a la altura de la Terminal de Transportes, así mismo, aclaró lo relacionado con tutelas interpuestas por personas que no están de acuerdo con el valor del avalúo que registraron sus predios.


Hemos actuado tal y como lo estipula la Ley, sin violación alguna de los derechos de las personas afectadas; se interpusieron dos tutelas las cuales fueron falladas a favor del Municipio, porque se consideró improcedente la afirmación de que se había faltado al debido proceso y el Juez Sexto Penal de conocimiento de la tutela del Señor Luis Guillermo Pérez Vargas, lo exhorta que acuda a la instancia administrativa y ejercite los medios de control judicial de nulidad y restablecimiento del debido proceso” dijo el funcionario.


En cuanto a la tutela porque supuestamente no se había designado a la persona idónea para el avalúo de los predios, el secretario dijo que si bien es cierto que la norma cambió, cuando se contrató el evaluador por parte de la Unión Temporal Puente La Perdiz, tenía todas las facultades; lo único que se hizo en ese tiempo, fue hacer unos requerimientos que involucra en estos avalúos los daños emergentes y lucros cesantes, todo en favor de los propietarios y del debido proceso.


Así mismo sobre la afirmación que se hace de que estos predios no están en zona de alto riesgo, el secretario dijo que eso es totalmente falso, que en el Acuerdo 018 del 2.000, el Plan de Ordenamiento Territorial, quedaron todos estos predios incorporados como zonas de alto riesgo; “es evidente que están dentro de la ronda de los 30 metros de la zona hídrica, esto no es algo que determinen establecimientos comerciales o permisos de publicidad, la norma es clara y nosotros como Municipio no podemos cambiarla para favorecer a terceros; hemos actuado con transparencia”.


Además, en cuanto al tema de la expropiación administrativa, el secretario dijo que los propietarios tienen la opción de objetar los avalúos, pero no en la jurisdicción penal, debe ser en un tribunal administrativo que defina si estos avalúos quedaron mal o bien hechos, y esto se hace una vez sea notificada la expropiación por vía administrativa, y es allí donde ellos pueden interponer los recursos que quieran, y es allí donde el Juez puede ordenar un mayor o menor pago por estos predios, sin embargo, ninguna acción judicial para la expropiación por vía administrativa.


Por último, el jefe de la cartera de planeación hizo un llamado al Señor Luis Guillermo Pérez Vargas, quien es quien ha tutelado y no ha querido recibir la Resolución de Expropiación, para que lo haga, ya que al recibirla tiene un término de 10 días para interponer el recurso de reposición el cual deberá ser sustanciado dentro de los 10 días siguientes y de una vez si es necesario, tiene 15 días para interponer un recurso a esta medida administrativa.


Tags:

bottom of page